José Eduardo Figueroa, de 46 años, fue condenado a prisión perpetua el jueves por el femicidio de su esposa Mercedes Kvedaras. La sentencia aún no está firme, pero el encuadre legal aplicado, homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, lo ubica dentro de los delitos más graves del Código Penal y bajo el régimen más restrictivo de ejecución penal.
La condena se encuadra en el artículo 80 incisos 1 y 11 del Código Penal, figura incorporada por la Ley 26.791 en 2012, que tipificó el femicidio y estableció como única pena la prisión perpetua. A su vez, por tratarse de un homicidio agravado, el caso queda alcanzado por el artículo 14 del Código Penal y por la Ley de Ejecución Penal 24.660, modificada por la Ley 27.375.
Esa reforma, impulsada en 2017 por el entonces diputado Luis Petri, dispuso que los condenados por delitos graves no pueden acceder a beneficios como salidas transitorias, semilibertad o libertad asistida, ni a la libertad condicional.
(fuente: el tribuno)
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